Objetivo
Proporcionar a las personas que se desempeña en áreas administrativas en el sector salud, las herramientas requeridas para el manejo adecuado en facturación de servicios institucionales, teniendo en cuenta la normatividad vigente y que contribuya a la atención que reciben los usuarios.
Plan de Estudios
Módulo I: Facturación como área administrativa
- Antecedentes, definición y objetivos
- Áreas de relacionamiento funcional
- La importancia de admisiones para la facturación
Módulo II: facturación como proceso operacional
- Funciones y requerimientos
- Planeación e implementación
- Liquidación de cuentas por servicios
Módulo III: Manual tarifario SOAT – Decreto 2423 de 1996
- Conocimiento básico del Sistema General de Seguridad Social en Salud colombiano.
- Normatividad aplicable al proceso de facturación de servicios de salud.
- Gestión de autorizaciones y soportes para la facturación de servicios de salud (Resolución 3047 y complementarias, Decreto 4747).
- Mipres en el régimen contributivo, Res 1479 en el régimen subsidiado.
- Decreto 2423 de 1996
- Instructivo del manual tarifario SOAT
Módulo IV: Manual tarifario ISS – Acuerdo 209 de 1999
- Acuerdo 209 de 1999
- Instructivo del manual tarifario ISS
- Terminología medica con anatomía básica aplicada a cada especialidad, descripciones operatorias.
- Generalidades de los manuales de tarifarios, en los servicios de salud.
- Facturación de servicios de promoción y prevención enmarcada en la normatividad vigente.
- Conocimiento detallado de manuales 2.000 y 2.001 del Seguro Social.
- Conocimiento detallado de Manual Tarifario, Decreto 2423/96.
- Facturación de accidentes de tránsito, eventos catastróficos y atentados terroristas. (documentación exigida, topes y demás requisitos). Partición de cuentas.
Modulo V: indicadores y descripción de procesos
- Procesos por servicios
- Indicadores de Gestión
CEDENORTE se reserva el derecho de no iniciar el curso en caso de no alcanzar el punto de equilibrio, esto es la cantidad mínima de aprendices necesaria para comenzar. Los dineros percibidos por concepto de matrículas serán devueltos bajo los parámetros que para tal efecto tiene la institución. El curso será certificado si la asistencia es superior al 80%.
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